Articulo 12 Archivos y Documentos de Navarra
- Norma vigente hasta el 2 de agosto de 2026. - LEY FORAL 9/2026, de 20 de mayo, de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.
Ver Indice
»Artículo 12. Requisitos técnicos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los archivos integrantes del Sistema Archivístico de Navarra han de cumplir los siguientes requisitos técnicos:
Aplicar el sistema de gestión de la documentación adecuado a los fondos que reúnan, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley Foral y su desarrollo normativo.
Disponer de personal adecuado, según lo establecido en el artículo siguiente.
Disponer de instalaciones idóneas para garantizar la conservación de los documentos y su correcto tratamiento archivístico.
Contar con espacios y horario de apertura al público para garantizar el acceso de los ciudadanos a la documentación.
Elaborar instrumentos de descripción que faciliten el acceso a la documentación.
