Articulo 12 contra la Violencia de Género de La Rioja
Artículo 12. Currículos educativos.
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1. La consejería competente en materia de educación garantizará que los contenidos y procedimientos que conforman el currículo educativo de todos los niveles educativos promuevan la igualdad entre mujeres y hombres y el respeto de los derechos humanos.
2. Asimismo, supervisará a través del servicio de inspección educativa que los materiales educativos y libros de texto promuevan la igualdad entre mujeres y hombres y el respeto de los derechos humanos.
3. La consejería competente en materia de educación desarrollará y difundirá proyectos y materiales didácticos actualizados, dirigidos a todos los niveles educativos, que contengan pautas de conducta que transmitan la prevención de la discriminación, la superación de prácticas y comportamientos sexistas, y modelos de masculinidad no violenta y de relaciones personales y afectivas libres, igualitarias y no violentas.
