Articulo 12 Disposiciones...sportables

Articulo 12 Disposiciones de aplicación de la Directiva 2010/35/UE sobre equipos a presión transportables

Ver Indice
»

Artículo 12. Conformidad de los equipos a presión transportables y evaluación de la misma.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Los equipos a presión transportables a que se refiere el artículo 1, apartado 2, párrafo a), deberán cumplir los requisitos pertinentes, relativos a la evaluación de la conformidad y a los controles periódicos, intermedios y extraordinarios, establecidos en el RID y ADR y en los capítulos III y IV del presente real decreto.

2. Los equipos a presión transportables a que se refiere el artículo 1, apartado 2, párrafo b), deberán cumplir las especificaciones de la documentación conforme a la cual se hayan fabricado. Los equipos estarán sujetos a controles periódicos, intermedios y extraordinarios con arreglo al RID y ADR y a los requisitos de los capítulos III y IV del presente real decreto.

3. Los certificados de evaluación de la conformidad, los certificados de revaluación de la conformidad y los informes de los controles periódicos, intermedios y extraordinarios expedidos por un organismo notificado serán válidos en todo el territorio nacional y todos los Estados miembros.

Para las partes desmontables de los equipos a presión transportables recargables podrá efectuarse una evaluación de la conformidad independiente.