Articulo 12 Estatutos Promoción de Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).
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»Artículo 12. Los Consejos Territoriales de la Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.
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Adscrito a cada Gerencia Territorial existirá un Consejo Territorial de Promoción a la Autonomía y Atención a la Dependencia con carácter de órgano colegiado de consulta y participación comunitaria con la finalidad de contribuir, dentro de su ámbito, a la mejora de la atención a la dependencia.
