Artículo 12 Orden de 24 ...to 82/2022

Artículo 12. Orden de 24 de abril de 2026, Andalucía, Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias y modificación del Decreto 82/2022

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Artículo 12. Personas autorizadas de empresa y de establecimiento.

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1. La empresa titular de actividad dada de alta en Hoj@ deberá contar, al menos, con dos personas autorizadas, salvo en el supuesto de que se trate de una persona empresaria individual, en cuyo caso será suficiente con una. Las personas autorizadas de empresa serán las encargadas del mantenimiento actualizado de los datos de la misma; de la designación, en su caso, de las personas autorizadas de los establecimientos, así como de la gestión de las Hojas de Quejas y Reclamaciones electrónicas que reciban a través de Hoj@.

2. En aquellos casos en los que la empresa titular de actividad dada de alta en Hoj@ haya identificado uno o varios establecimientos deberá contar, al menos, con dos personas autorizadas por establecimiento, salvo en el supuesto de que se trate de una persona empresaria individual, en cuyo caso será suficiente con una. Las personas autorizadas de un establecimiento serán las encargadas de la gestión de las Hojas de Quejas y Reclamaciones electrónicas que se reciban en el mismo a través de Hoj@.

3. Será posible designar a una misma persona como persona autorizada de empresa y como persona autorizada de varios o de todos los establecimientos.

4. Para garantizar información de la persona usuaria dada de alta como persona autorizada de empresa y como persona autorizada de establecimiento, el sistema enviará un correo electrónico de confirmación a la dirección obrante en el mismo.