Articulo 12 Procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica
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»Artículo 12. Acta de puesta en marcha provisional.
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Finalizadas las obras se procederá a levantar el acta de puesta en marcha provisional de la instalación.
La puesta en servicio provisional, o de prueba, se desarrollará en una o más fases, estableciéndose el escalonamiento que se considere necesario en la conexión a la red de distribución de la potencia total autorizada.
El Director Técnico de la obra se hará responsable, durante el periodo de prueba, del buen resultado de la misma, mediante la emisión del correspondiente certificado.
