Articulo 12 Protección de los animales domésticos
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Artículo 12.- Acceso de animales a locales y medios de transporte públicos.

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1.- Los establecimientos, incluidos los establecimientos hoteleros y locales de hostelería y transportes públicos, ubicados en el territorio de Euskadi, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sanitaria vigente al respecto, permitirán el acceso de animales de compañía con carácter general, atados y controlados, a excepción de las zonas de fabricación, venta, almacenamiento, transporte y manipulación de alimentos.

2.- En caso de que en un recinto o establecimiento no se admitan animales, dicha prohibición deberá indicarse expresamente mediante un distintivo visible desde el exterior del local.

3.- Los animales de compañía cuando accedan a los transportes y establecimientos deberán reunir unas adecuadas condiciones higiénico-sanitarias y observar las medidas de seguridad que se determinen por el propio establecimiento o medio de transporte, así como la legislación sectorial específica. La decisión última sobre el permiso o prohibición de acceso corresponderá a la persona titular del establecimiento o medio de transporte, debiendo estar claramente señalada.

4.- Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo previsto en la Ley 10/2007, de 29 de junio, sobre Perros de Asistencia para la Atención a Personas con Discapacidad, o norma que la sustituya. Las limitaciones sobre circulación y acceso de animales de compañía en las vías, transportes y establecimientos públicos, contenidas en esta ley no serán de aplicación a aquellos perros que, de conformidad con la normativa de perros de asistencia para personas con discapacidad, tengan reconocida dicha condición. Así mismo, dichas limitaciones no serán de aplicación para perros utilizados como terapia asistida en casos de violencia de género.

5.- Por motivos de seguridad para las personas y para los animales, debidamente justificados, se podrá limitar el acceso de los mismos a los espectáculos, ferias y certámenes públicos de masas o gran concurrencia de personas, incluidos los deportivos.