Articulo 120 Reforma del Reglamento de la Asamblea
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»Artículo 120. Principios que rigen el funcionamiento del Parlamento.
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El funcionamiento del Parlamento estará regido por los principios de transparencia, agilidad, inmediatez, publicidad e igualdad de derechos. En todas sus decisiones estará presidido por el principio de las mayorías, sin perjuicio de las mayorías cualificadas. En el ejercicio de sus funciones parlamentarias, los diputados y los miembros del Gobierno actuarán bajo el principio de la buena fe.
