Articulo 123 Reglamento m...as locales

Articulo 123 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

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Artículo 123. Participación y representación de los funcionarios

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La participación y representación de los funcionarios de la policía local, en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo, así como en la seguridad y salud laboral derivadas del ejercicio de las funciones que les atribuye la normativa vigente, se canaliza en la forma y por las personas representantes y órganos de los respectivos ayuntamientos de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente de prevención de riesgos laborales.