Articulo 124 Reglamento Marco de las Policías Locales
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Artículo 124. Presentación de solicitudes y plazo de presentación.

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1. Las solicitudes irán dirigidas al Director General competente en materia de interior del Gobierno de La Rioja quien, de considerar la documentación insuficiente, podrá requerir la ampliación de la misma.

2. Las solicitudes deberán presentarse anualmente en el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de diciembre. Por circunstancias excepcionales podrán admitirse peticiones fuera de estos plazos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015