Articulo 126 Reglamento Marco de las Policías Locales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 126. Órgano competente para resolver.
Vigente
Recibidas las peticiones y una vez analizadas y estudiadas, la Comisión de Evaluación elevará la propuesta al titular de la Consejería competente en materia de interior del Gobierno de La Rioja, quien resolverá.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015