Articulo 126 Reglamento Marco de las Policías Locales
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Artículo 126. Órgano competente para resolver.

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Recibidas las peticiones y una vez analizadas y estudiadas, la Comisión de Evaluación elevará la propuesta al titular de la Consejería competente en materia de interior del Gobierno de La Rioja, quien resolverá.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015