Articulo 127 Derechos y deberes de niños y adolescentes en el sistema de protección
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»Artículo 127. Concepto de acogimiento en centro
Vigente
El acogimiento en centro consiste en el ingreso del niño o adolescente en un centro público o concertado, debidamente autorizado y acreditado, adecuado a sus características y con la finalidad de recibir la atención y la educación necesarias.

