Articulo 129 Normas-Marco de los Policías Locales
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»Artículo 129. De la forma de la resolución de concesión.
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La Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura, en cualquiera de sus categorías, se concederá por Orden de la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales a propuesta de la Comisión de Evaluación siendo publicada en el Diario Oficial de Extremadura.
