Articulo 129 Reglamento d... Urbanismo

Articulo 129 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo

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Artículo 129.Determinaciones del Plan General de Ordenación.

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1.Los Planes Generales de Ordenación establecerán las determinaciones pertinentes para asegurar la aplicación de las normas contenidas en la normativa territorial y urbanística y en la normativa estatal en lo que se refiere al régimen urbanístico de la propiedad del suelo y a valoraciones (art. 59.1 TROTU).

2.Para la concreción de los principios generales y el objeto particular en cada clase de suelo señalados en los artículos anteriores los Planes Generales de Ordenación contarán con las siguientes determinaciones.

a) Determinaciones relativas a la ordenación general:

1.ª Determinaciones globales.

2.ª Determinaciones de carácter específico en suelo no urbanizable

3.ª Determinaciones de carácter específico en suelo urbanizable sectorizado.

4.ª Determinaciones de carácter específico en suelo urbanizable no sectorizado.

b) Determinaciones relativas a la ordenación detallada.

1.ª Determinaciones de carácter específico en suelo urbano consolidado.

2.ª Determinaciones de carácter específico en suelo urbano no consolidado.

3.ª Determinaciones de carácter específico, potestativas, para el suelo urbanizable sectorizado.