Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenacion del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias. - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 15-02-2008
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Ambito: Asturias
Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Mayo de 2017
F. entrada en vigor: 15/07/2008
Órgano emisor: CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS, POLITICA TERRITORIAL Y VIVIENDA
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 37
F. Publicación: 15/02/2008
PREÁMBULO
Artículo único.Aprobación del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.Constitución de los patrimonios públicos de suelo.
D.A. 2ª.Fomento de la información territorial y urbanística a través de Internet.
D.A. 3ª.Red General Cartográfica del Principado de Asturias.
D.A. 4ª.Procedimiento de evaluación ambiental del planeamiento territorial y urbanístico.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.Aplicación del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo al planeamiento urbanístico en vigor.
D.T. 2ª.Aplicación del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo al planeamiento urbanístico y territorial en tramitación.
D.T. 3ª.Actuaciones urbanísticas sistemáticas en ejecución.
D.T. 4ª.Catálogos urbanísticos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.Normativa del Principado de Asturias que se deroga.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.Normativa del Estado.
D.F. 2ª.Desarrollo normativo.
D.F. 3ª.Entrada en vigor.
ANEXO. REGLAMENTO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
TÍTULO preliminar. Disposiciones generales
Artículo 1.Objeto del Reglamento.
Artículo 2. Normativa territorial y urbanística.
Artículo 3. Actuaciones con impacto o incidencia territorial.
Artículo 4.Estructura del territorio.
Artículo 5. Actividad urbanística.
Artículo 6.Integración espacial de las acciones administrativas.
Artículo 7.Principios generales de la ordenación territorial y urbanística.
Artículo 8. Fines de la ordenación del territorio.
Artículo 9. Fines de la actividad urbanística.
Artículo 10. Dotaciones urbanísticas.
Artículo 11. Facultades de la ordenación del territorio.
Artículo 12. Facultades urbanísticas.
Artículo 13. Función pública de la ordenación territorial y de la actividad urbanística.
Artículo 14.Formas de gestión urbanística.
Artículo 15. Participación e información ciudadana.
TÍTULO I. ORGANIZACIÓN Y RELACIONES INTERADMINISTRATIVAS
CAPÍTULO I. Distribución de competencias
Artículo 16.Administración urbanística actuante.
Artículo 17. Competencias del Principado en materia de ordenación del territorio
Artículo 18. Competencias del Principado en materia urbanística.
Artículo 19. Competencias urbanísticas de los concejos en materia de planeamiento general
Artículo 20.Delegación en los concejos de competencias en materia de planeamiento general.
Artículo 21.Ejercicio de la competencia urbanística delegada.
Artículo 22.Controles del Principado de Asturias sobre el ejercicio de las competencias delegadas en materia de planeamiento general.
Artículo 23.Revocación de la delegación o sustitución en su ejercicio.
Artículo 24. Procedimiento de revocación de la delegación.
Artículo 25.Delegación en los concejos de competencias en materia de autorizaciones previas en suelo no urbanizable.
CAPÍTULO II. Órganos urbanísticos y de ordenación del territorio
Artículo 26.Órganos urbanísticos y de ordenación del territorio del Principado de Asturias.
Artículo 27. Ejercicio de las competencias urbanísticas municipales.
Artículo 28.Mancomunidades urbanísticas.
Artículo 29. Gerencias urbanísticas.
Artículo 30. Sociedades urbanísticas.
CAPÍTULO III. Relaciones interadministrativas
Artículo 31. Colaboración entre las Administraciones con competencias urbanísticas.
Artículo 32.Coordinación interadministrativa.
Artículo 33. Procedimiento de coordinación interadministrativa.
Artículo 34.Actuaciones promovidas por el Principado de Asturias.
Artículo 35.Actuaciones promovidas por la Administración General del Estado.
Artículo 36. Actuaciones urbanísticas concertadas.
Artículo 37.Espacios de gestión integrada.
TÍTULO II. Información URBANÍSTICA Y TERRITORIAL
CAPÍTULO I. Información y participación ciudadana
Artículo 38.Derecho a la información urbanística.
Artículo 39.Reglas para la información pública.
Artículo 40. Publicidad de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanísticos.
CAPÍTULO II. Registro de planeamiento y gestión urbanística del Principado de Asturias
SECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 41. Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística del Principado de Asturias.
Artículo 42.Concepto.
Artículo 43.Naturaleza pública.
Artículo 44.Carácter obligatorio y formas de iniciación del procedimiento de inscripción.
Artículo 45. Objeto de inscripción y asientos en el Registro.
SECCIÓN 2.ª. Organización
Artículo 46. Dependencia orgánica.
Artículo 47.Estructura.
Artículo 48. Instrumentos formales.
Artículo 49. Nuevas tecnologías.
Artículo 50.Certificaciones.
Artículo 51.Horario.
SECCIÓN 3.ª. Procedimiento de inscripción
Artículo 52.Iniciación.
Artículo 53.Modificación de los datos inscritos.
SECCIÓN 4.ª. Régimen jurídico
Artículo 54.Práctica de los asientos.
Artículo 55.Verificación de los asientos.
Artículo 56.Consecuencias de la inscripción en el Registro.
CAPÍTULO III. Cédula y certificados urbanísticos
Artículo 57.Objeto.
Artículo 58.Contenidos.
Artículo 59. Expedición y efectos.
TÍTULO III. DEL PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y URBANÍSTICO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 60.Instrumentos de ordenación del territorio y planeamiento territorial.
Artículo 61. Instrumentos de ordenación urbanística y planeamiento.
Artículo 62.Vinculación entre la ordenación urbanística y la ordenación del territorio.
Artículo 63. Vinculación de las determinaciones de los instrumentos de la ordenación territorial.
Artículo 64. Integración y articulación del planeamiento urbanístico.
Artículo 65.Objetivos generales del planeamiento territorial y urbanístico.
Artículo 66. Integración de la política territorial del Principado de Asturias con las de otros entes territoriales.
CAPÍTULO II. Directrices de ordenación territorial
Artículo 67. Objetivo general
Artículo 68.Relaciones con otras actuaciones públicas.
Artículo 69.Clases.
Artículo 70. Determinaciones de las Directrices Regionales de Ordenación del Territorio.
Artículo 71. Determinaciones de las Directrices Subregionales de Ordenación del Territorio.
Artículo 72. Determinaciones de las Directrices Sectoriales.
Artículo 73. Documentación.
CAPÍTULO III. Planes Territoriales Especiales
Artículo 74. Objetivo general.
Artículo 75. Determinaciones.
Artículo 76. Documentación.
Artículo 77. Vinculación y relación con otras actuaciones públicas.
CAPÍTULO IV. Catálogo de Núcleos Rurales del Principado de Asturias
Artículo 78.Concepto y objetivo general.
Artículo 79.Vinculación del planeamiento.
Artículo 80.Determinaciones.
Artículo 81. Condiciones específicas de la edificación en núcleos catalogados.
Artículo 82.Documentación.
CAPÍTULO V. Instrumentos complementarios de la ordenación territorial
SECCIÓN 1.ª. Programas de Actuación Territorial
Artículo 83. Concepto y objetivo general.
Artículo 84.Determinaciones.
Artículo 85. Documentación.
Artículo 86.Ámbito de aplicación.
Artículo 87.Relaciones con otras actuaciones públicas.
SECCIÓN 2.ª. Evaluaciones de Impacto
Artículo 88.Objetivo general.
Artículo 89.Clases.
Artículo 90. Ámbito de aplicación.
Artículo 91. Determinaciones.
CAPÍTULO VI. Formación y aprobación de los instrumentos de la ordenación territorial. Vigencia, revisión y modificación
SECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 92. Apoyo a la redacción de los instrumentos de ordenación del territorio.
Artículo 93.Suspensión del otorgamiento de licencias.
Artículo 94. Reglas de interpretación aplicables a la documentación.
SECCIÓN 2.ª. Directrices de Ordenación Territorial
Artículo 95.Iniciación y elaboración.
Artículo 96. Avance.
Artículo 97.Aprobación inicial.
Artículo 98.Información pública, alegaciones e informes.
Artículo 99.Trámite ambiental.
Artículo 100. Aprobación definitiva.
Artículo 101.Vigencia, revisión, modificación y actualización.
Artículo 102. Competencias de otras instituciones
SECCIÓN 3.ª. Planes Territoriales Especiales
Artículo 103.Elaboración y avance.
Artículo 104.Aprobación inicial.
Artículo 105.Información pública, alegaciones e informes.
Artículo 106.Trámite ambiental.
Artículo 107.Aprobación definitiva.
Artículo 108.Vigencia, revisión, modificación y actualización.
SECCIÓN 4.ª. Catálogo de Núcleos Rurales del Principado de Asturias
Artículo 109.Elaboración.
Artículo 110.Aprobación inicial e información pública.
Artículo 111.Aprobación definitiva.
Artículo 112.Vigencia y modificación.
SECCIÓN 5.ª. Programas de Actuación Territorial
Artículo 113.Iniciación.
Artículo 114.Elaboración y aprobación.
Artículo 115.Vigencia y revisión.
SECCIÓN 6.ª. Evaluaciones de Impacto
Artículo 116.Principios generales.
Artículo 117. Tramitación.
Artículo 118. Órgano territorial y órgano sustantivo.
Artículo 119.Elaboración del estudio de Impacto Estructural.
Artículo 120.Información pública del estudio de Impacto Estructural.
Artículo 121.Declaración de Impacto Estructural.
Artículo 122.Efectos de la declaración de Impacto Estructural.
Artículo 123.Resolución de discrepancias.
Artículo 124.Medidas de corrección o compensatorias y vigilancia.
SECCIÓN 7.ª. Autorizaciones y licencias ambientales
Artículo 125.Compatibilidad urbanística en las autorizaciones y licencias ambientales.
CAPÍTULO VII. Planes Generales de Ordenación
SECCIÓN 1.ª. Principios, objeto y determinaciones
Artículo 126.Principios generales.
Artículo 127.Objeto del planeamiento general.
Artículo 128.Planes Generales de Ordenación intermunicipales.
Artículo 129.Determinaciones del Plan General de Ordenación.
SECCIÓN 2.ª. Determinaciones relativas a la ordenación general
SUBSECCIÓN 1.ª. Determinaciones globales
Artículo 130. Determinaciones.
Artículo 131. Estructura general y orgánica del territorio municipal.
Artículo 132. Clasificación y calificación de suelo.
Artículo 133. Delimitación de áreas de interés.
Artículo 134. Áreas afectadas por la declaración de Bienes de Interés Cultural.
Artículo 135. Delimitación de áreas de prevención.
Artículo 136.Tratamiento del dominio público.
Artículo 137.Carácter de las dotaciones urbanísticas.
Artículo 138. Protección del medio ambiente.
Artículo 139.Compatibilidad de los usos industriales.
Artículo 140.Determinaciones relativas al uso industrial.
Artículo 141. Determinaciones relativas al uso comercial y de servicios.
Artículo 142. Reservas para el patrimonio municipal de suelo y áreas de tanteo y retracto.
Artículo 143.Circunstancias para su revisión.
Artículo 144. Otras determinaciones de carácter global.
SUBSECCIÓN 2.ª. Determinaciones de carácter específico en suelo no urbanizable
Artículo 145. Regulación general.
Artículo 146. Requisitos para la delimitación de los núcleos rurales.
Artículo 147. Condiciones generales de la edificación en los núcleos rurales.
Artículo 148. Áreas de poblamiento tradicional asturiano.
Artículo 149. Quintanas tradicionales asturianas.
SUBSECCIÓN 3.ª. Determinaciones de carácter específico en suelo urbanizable
Artículo 150. Determinaciones de carácter específico en suelo urbanizable.
Artículo 151. Determinaciones de carácter específico en suelo urbanizable sectorizado.
Artículo 152. Delimitación de sectores.
Artículo 153. Sectores de urbanización prioritaria.
Artículo 154. Usos predominantes.
Artículo 155.Edificabilidad y densidad.
Artículo 156. Aprovechamiento medio máximo.
Artículo 157.Ámbitos de gestión.
Artículo 158.Sistemas generales.
Artículo 159. Sistemas locales.
Artículo 160. Reservas para viviendas protegidas.
Artículo 161.Determinaciones de carácter específico en suelo urbanizable no sectorizado.
SECCIÓN 3.ª. Determinaciones relativas a la ordenación detallada
SUBSECCIÓN 1.ª. Determinaciones de carácter específico en suelo urbano consolidado
Artículo 162. Determinaciones.
Artículo 163. Delimitación.
Artículo 164.Alineaciones y rasantes.
Artículo 165.Calificación urbanística.
Artículo 166. Áreas de edificación o rehabilitación prioritaria.
Artículo 167.Evaluación económica.
Artículo 168.Unidades de normalización de fincas.
Artículo 169.Otras delimitaciones
SUBSECCIÓN 2.ª. Determinaciones de carácter específico en suelo urbano no consolidado
Artículo 170. Determinaciones.
Artículo 171. Edificabilidad.
Artículo 172.Sistemas locales.
Artículo 173. Delimitación de polígonos o unidades de actuación.
Artículo 174.Aprovechamiento medio.
Artículo 175. Operaciones de reforma interior.
SUBSECCIÓN 3.ª. Determinaciones de carácter específico en suelo urbanizable sectorizado
Artículo 176. Determinaciones.
Artículo 177. Sistemas locales.
SECCIÓN 4.ª. Documentación
Artículo 178. Documentos del Plan General de Ordenación.
Artículo 179. Memoria.
Artículo 180. Estudio de diagnóstico ambiental.
Artículo 181. Normas urbanísticas.
Artículo 182. Planos de información, diagnóstico y ordenación.
Artículo 183. Estudio económico y financiero.
Artículo 184. Programa de actuación.
Artículo 185. Sencillez y proporcionalidad en la documentación.
CAPÍTULO VIII. Planeamiento de desarrollo
SECCIÓN 1.ª. Planes Parciales
Artículo 186. Objeto.
Artículo 187.Clases.
Artículo 188. Determinaciones.
Artículo 189. Documentación.
Artículo 190. Contenido de los Planes Parciales de iniciativa particular.
SECCIÓN 2.ª. Planes Especiales
Artículo 191. Objeto.
Artículo 192. Determinaciones.
Artículo 193.Documentación.
Artículo 194. Planes Especiales de Protección.
Artículo 195. Planes Especiales de Reforma Interior.
Artículo 196.Otros Planes Especiales.
SECCIÓN 3.ª. Estudios de Detalle
Artículo 197. Objeto.
Artículo 198.Determinaciones.
Artículo 199. Documentación.
CAPÍTULO IX. Otros instrumentos de la ordenación urbanística
SECCIÓN 1.ª. Estudios de Implantación
Artículo 200. Objeto.
Artículo 201. Interés público o social de las actuaciones.
Artículo 202. Determinaciones.
Artículo 203. Documentación.
Artículo 204. Ejecución de los Estudios de Implantación.
SECCIÓN 2.ª. Catálogos urbanísticos
Artículo 205.Objeto y determinaciones.
Artículo 206. Determinaciones.
Artículo 207.Alcance.
Artículo 208.Nivel de protección integral.
Artículo 209. Nivel de protección parcial.
Artículo 210. Nivel de protección ambiental.
Artículo 211. Documentación.
SECCIÓN 3.ª. Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización
Artículo 212. Objeto y contenidos.
CAPÍTULO X. Ordenación de las áreas sujetas a actuaciones urbanísticas concertadas
Artículo 213.Concepto.
Artículo 214.Objeto y determinaciones.
Artículo 215. Usos específicos en las áreas urbanísticas concertadas.
Artículo 216. Documentación del planeamiento.
CAPÍTULO XI. Ordenación especial de áreas con destino a viviendas protegidas
Artículo 217. Concepto.
Artículo 218. Conveniencia de la ordenación especial
Artículo 219.Suelos de procedencia.
Artículo 220. Procedimiento para la ordenación especial.
CAPÍTULO XII. Formación y aprobación de los instrumentos de la ordenación urbanística
SECCIÓN 1.ª. Disposiciones comunes a la formación y tramitación
Artículo 221. Apoyo a la redacción de los instrumentos de ordenación urbanística.
Artículo 222.Cartografía y normas de elaboración del planeamiento urbanístico.
Artículo 223. Normas de Calidad Urbanística del Principado de Asturias.
Artículo 224. Información pública previa a la elaboración de los instrumentos de ordenación urbanística.
Artículo 225. Elaboración.
Artículo 226.Redacción del planeamiento urbanístico.
Artículo 227.Coordinación interadministrativa.
Artículo 228.Informes sectoriales.
Artículo 229.Aprobación inicial.
Artículo 230.Información pública.
Artículo 231.Audiencia a los concejos afectados.
Artículo 232.Cambios posteriores a la información pública.
Artículo 233.Informe de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias.
Artículo 234. Aprobación definitiva.
Artículo 235. Diligencias referidas a la documentación del planeamiento.
Artículo 236. Excepciones al silencio administrativo positivo.
Artículo 237.Tramitación simultánea.
SECCIÓN 2.ª. Suspensión de licencias
Artículo 238.Suspensión del otorgamiento de licencias previa a la aprobación inicial.
Artículo 239.Suspensión simultanea a la aprobación inicial.
Artículo 240. Disposiciones comunes a la suspensión de licencias previa y simultánea a la aprobación inicial.
Artículo 241.Indemnización por suspensión del otorgamiento de licencias.
SECCIÓN 3.ª. Planes Generales de Ordenación
SUBSECCIÓN 1.ª. Planes Generales de Ordenación municipales
Artículo 242.Documento de prioridades de la futura ordenación.
Artículo 243. Aprobación inicial e información pública.
Artículo 244.Trámite ambiental.
Artículo 245. Aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación en caso de delegación de la competencia autonómica.
Artículo 246.Aprobación definitiva del Plan General de Ordenación en los demás casos.
SUBSECCIÓN 2.ª. Planes Generales de Ordenación intermunicipales
Artículo 247.Formación.
Artículo 248. Documento de prioridades, coordinación administrativa y aprobación inicial.
Artículo 249.Aprobación definitiva.
SECCIÓN 4.ª. Planeamiento de desarrollo
Artículo 250.Tramitación de los Planes Parciales y de los Planes Especiales que desarrollen un Plan General de Ordenación.
Artículo 251. Tramitación de los Planes Especiales municipales que no desarrollen un Plan General de Ordenación.
Artículo 252. Tramitación de los Estudios de Detalle.
SECCIÓN 5.ª. Otros instrumentos de la ordenación urbanística
Artículo 253.Tramitación de los Estudios de Implantación.
Artículo 254. Aprobación de Catálogos urbanísticos.
Artículo 255.Aprobación de las Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.
SECCIÓN 6.ª. Planeamiento de las actuaciones urbanísticas concertadas
Artículo 256.declaración de la actuación urbanística concertada.
Artículo 257. Tramitación de los Planes Parciales y de los Planes Especiales en las actuaciones urbanísticas concertadas.
SECCIÓN 7.ª. Tramitación de la ordenación especial de áreas con destino a viviendas protegidas
Artículo 258. Actuaciones previas.
Artículo 259. Contenido y documentación de la propuesta.
Artículo 260. Tramitación del Plan Especial y del proyecto de urbanización.
Artículo 261.Tipo y tramitación del instrumento de gestión.
Artículo 262.Garantías de la ejecución del planeamiento.
SECCIÓN 8.ª. Iniciativa privada en la elaboración de los instrumentos de ordenación urbanística y Proyectos de Urbanización
Artículo 263. Ámbito de la iniciativa privada y competencias administrativas.
Artículo 264.Elaboración del planeamiento de iniciativa particular.
Artículo 265.Procedimiento aplicable.
Artículo 266.Aprobación inicial.
Artículo 267. Información pública por iniciativa particular y audiencia a propietarios afectados.
Artículo 268. Aprobación definitiva.
Artículo 269.Publicación y notificación a los propietarios.
Artículo 270.Incumplimiento de las obligaciones y compromisos relativos a urbanizaciones de iniciativa particular.
Artículo 271. Publicidad.
Artículo 272.Tramitación simultánea de Planes Parciales, instrumentos de gestión urbanística y Proyectos de Urbanización.
Artículo 273.Especificidades de los Planes de iniciativa particular en suelo urbanizable prioritario.
Artículo 274.Especificidades de los Planes de iniciativa particular en suelo urbanizable no prioritario.
CAPÍTULO XIII. Vigencia, revisión y modificación de los instrumentos de ordenación urbanística
Artículo 275.Vigencia.
Artículo 276.Revisión de los Planes Generales de Ordenación.
Artículo 277.Alcance de la revisión de los Planes Generales de Ordenación.
Artículo 278. Revisión del Programa de actuación.
Artículo 279.Modificación de los instrumentos de ordenación urbanística.
Artículo 280. Modificaciones de la calificación urbanística o con incremento de volumen edificable.
Artículo 281. Modificaciones cualificadas.
Artículo 282. Modificaciones de otras dotaciones urbanísticas públicas.
Artículo 283. Suspensión de planeamiento urbanístico.
CAPÍTULO XIV. Efectos de la aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística
Artículo 284. Notificación y deber de información.
Artículo 285. Publicación.
Artículo 286.Ejecutividad.
Artículo 287.Declaración de utilidad pública.
Artículo 288.Obligatoriedad.
Artículo 289.Resolución de discrepancias entre documentos.
Artículo 290.Usos y obras provisionales.
Artículo 291. Procedimiento para la autorización de usos y obras de carácter provisional.
Artículo 292.Construcciones e instalaciones fuera de ordenación.
CAPÍTULO XV. Determinaciones sustantivas de directa aplicación
Artículo 293. Naturaleza y efectos
Artículo 294.Adaptación al entorno.
Artículo 295.Terrenos próximos a la costa.
TÍTULO IV. RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO
CAPÍTULO I. Clasificación del suelo
SECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 296.Régimen jurídico del suelo.
Artículo 297.Clases y categorías de suelo.
Artículo 298. Instrumentos para la clasificación de suelo.
SECCIÓN 2.ª. Suelo urbano
Artículo 299. Reglas de clasificación.
Artículo 300. Suelo urbano consolidado.
Artículo 301. Suelo urbano no consolidado.
Artículo 302. Condición de solar.
SECCIÓN 3.ª. Suelo no urbanizable
Artículo 303. Reglas de clasificación.
Artículo 304. Suelo no urbanizable de especial protección.
Artículo 305. Suelo no urbanizable de interés.
Artículo 306. Suelo no urbanizable de costas.
Artículo 307.Suelo no urbanizable infraestructuras.
Artículo 308. Núcleos rurales.
Artículo 309.Concurrencia de varias categorías de suelo no urbanizable.
SECCIÓN 4.ª. Suelo urbanizable
Artículo 310.Reglas de clasificación.
Artículo 311.Suelo urbanizable sectorizado.
Artículo 312.Suelo urbanizable no sectorizado.
CAPÍTULO II. Régimen del suelo urbano
SECCIÓN 1.ª. Derechos y deberes en suelo urbano consolidado
Artículo 313.Derechos de los propietarios de suelo urbano consolidado.
Artículo 314. Deberes de los propietarios de suelo urbano consolidado.
SECCIÓN 2.ª. Derechos y deberes en suelo urbano no consolidado
Artículo 315. Derechos de los propietarios de suelo urbano no consolidado.
Artículo 316. Deberes de los propietarios de suelo urbano no consolidado.
Artículo 317. Adquisición del aprovechamiento urbanístico objeto de cesión.
Artículo 318. Autorización anticipada de usos industriales y terciarios.
CAPÍTULO III. Régimen del suelo no urbanizable
SECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 319.Régimen de usos.
Artículo 320.Clases de usos en suelo no urbanizable.
Artículo 321. Usos para vivienda.
Artículo 322.Segregaciones o divisiones de fincas.
Artículo 323.Condiciones de la edificación.
Artículo 324.Realización de actividades al servicio de las obras públicas.
Artículo 325.Actividades, equipamientos o dotaciones de interés público o social.
Artículo 326. Usos industriales.
Artículo 327.Usos agrícolas y ganaderos.
SECCIÓN 2.ª. Autorización previa de uso en suelo no urbanizable
Artículo 328.Necesidad de autorización previa.
Artículo 329. Procedimiento.
Artículo 330. Condiciones para la autorización.
SECCIÓN 3.ª. Régimen específico del suelo no urbanizable de especial protección
Artículo 331. Determinaciones sobre los usos en suelo no urbanizable de especial protección.
SECCIÓN 4.ª. Régimen específico del suelo no urbanizable de interés
Artículo 332. Determinaciones sobre los usos en suelo no urbanizable de interés.
SECCIÓN 5.ª. Régimen específico del suelo no urbanizable de costas
Artículo 333. Zona de servidumbre de protección.
Artículo 334. Zona de protección específica.
Artículo 335.Determinaciones sobre los usos en suelo no urbanizable de costas.
SECCIÓN 6.ª. Régimen específico del suelo no urbanizable de infraestructuras
Artículo 336. Determinaciones sobre los usos en suelo no urbanizable de infraestructuras.
SECCIÓN 7.ª. Núcleos rurales
Artículo 337. Determinaciones sobre los usos en núcleos rurales.
CAPÍTULO IV. Régimen del suelo urbanizable
Artículo 338. Régimen del suelo urbanizable antes de la aprobación del planeamiento de desarrollo.
Artículo 339.Derechos de los propietarios de suelo urbanizable en transformación.
Artículo 340. Deberes de los propietarios de suelo urbanizable en transformación.
CAPÍTULO V. Disposiciones comunes
Artículo 341. Principios generales.
Artículo 342.Plazos para el cumplimiento de los deberes urbanísticos.
Artículo 343. Deberes derivados de la normativa sectorial.
Artículo 344.Deberes legales de uso, conservación y rehabilitación.
Artículo 345.Límite de los deberes de conservación y rehabilitación.
Artículo 346.Informe técnico sobre el estado de conservación de las construcciones y edificaciones.
Artículo 347. Ayudas públicas para la conservación y rehabilitación de las edificaciones.
Artículo 348.Transmisión de fincas y deberes urbanísticos.
Artículo 349. declaración de obra nueva
TÍTULO V. Gestión urbanística
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 350.Contenido de la gestión urbanística.
Artículo 351. Titularidad de la gestión urbanística.
Artículo 352.Modalidades de gestión urbanística.
Artículo 353. Sujetos de la gestión urbanística.
Artículo 354. presupuestos jurídicos de las actuaciones de urbanización y edificación.
Artículo 355.Planeamiento exigible para ejecutar actuaciones de gestión.
CAPÍTULO II. Actuación mediante polígonos o unidades de actuación
SECCIÓN 1.ª. Polígonos y unidades de actuación
Artículo 356. Concepto.
Artículo 357.Requisitos de los polígonos y unidades de actuación.
Artículo 358. Procedimiento para la delimitación de polígonos y unidades de actuación.
Artículo 359. Procedimiento para la subdivisión de sectores.
Artículo 360.Cómputo de la superficie de los terrenos en orden a la adopción de acuerdos.
Artículo 361.Polígonos o unidades de actuación con exceso de aprovechamiento real.
Artículo 362.Polígonos o unidades de actuación con aprovechamiento real inferior al susceptible de apropiación.
Artículo 363.Aprovechamiento correspondiente a los bienes de dominio público.
SECCIÓN 2.ª. Sistemas de actuación
Artículo 364.Tipos.
Artículo 365. Elección del sistema de actuación.
SECCIÓN 3.ª. Entidades urbanísticas colaboradoras
Artículo 366. Concepto y tipos.
Artículo 367. Régimen jurídico.
Artículo 368. Constitución.
Artículo 369.Acuerdos.
Artículo 370.Transmisiones.
Artículo 371.Disolución.
SECCIÓN 4.ª. Gastos, garantías y ejecución de la urbanización
Artículo 372.Gastos de urbanización.
Artículo 373. Ejercicio de los derechos de realojo y retorno.
Artículo 374.Atribución de los gastos de urbanización.
Artículo 375.Repercusiones de gastos de urbanización a las entidades titulares o concesionarias de los servicios urbanísticos.
Artículo 376.Pago en terrenos de los gastos de urbanización.
Artículo 377.Contribuciones especiales.
Artículo 378.Garantía de la urbanización.
Artículo 379. Garantía de ejecución de la actuación.
Artículo 380.Incumplimiento del pago de los gastos de urbanización.
Artículo 381. Proyectos de Urbanización.
Artículo 382. Proyectos de obras ordinarias.
Artículo 383.Ejecución de la urbanización.
Artículo 384. Incumplimiento de obligaciones por quien ejecute la urbanización.
SECCIÓN 5.ª. Recepción y conservación de las obras de urbanización
Artículo 385.Recepción de las obras de urbanización.
Artículo 386. Cesión de la urbanización.
Artículo 387.Conservación de las obras de urbanización.
Artículo 388. Entidades de conservación de la urbanización.
Artículo 389. Conservación de la urbanización en zonas y polígonos industriales.
Artículo 390.Entidades de gestión voluntaria de zonas o polígonos industriales.
CAPÍTULO III. Sistema de actuación en suelo urbanizable prioritario
SECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 391.Características del sistema de actuación en suelo urbanizable prioritario.
Artículo 392. Sujetos de la gestión urbanística en suelo urbanizable prioritario.
Artículo 393. presupuestos del sistema de actuación en suelo urbanizable prioritario.
SECCIÓN 2.ª. Gestión a cargo de los propietarios
Artículo 394. Elaboración del planeamiento de desarrollo a cargo de los propietarios.
Artículo 395.Urbanización a cargo de los propietarios.
Artículo 396.Actuación en caso de vencimiento del plazo.
SECCIÓN 3.ª. Selección del urbanizador mediante concurso
Artículo 397.Principios de la selección del urbanizador mediante concurso.
Artículo 398.Convocatoria de concurso.
Artículo 399. Presentación de ofertas.
Artículo 400. Ampliación del plazo de presentación de ofertas
Artículo 401.Comisión de Selección.
Artículo 402.Resolución del concurso y aprobación del Proyecto de Actuación Prioritario.
Artículo 403. Modificación de la calificación del sector.
SECCIÓN 4.ª. Proyecto de Actuación Prioritario
Artículo 404. Concepto y finalidades.
Artículo 405.Contenido del Proyecto de Actuación Prioritario.
Artículo 406. Determinaciones de carácter general.
Artículo 407. Determinaciones específicas sobre reparcelación.
Artículo 408. Determinaciones específicas sobre urbanización.
Artículo 409. Determinaciones específicas sobre la edificación o venta de solares.
Artículo 410. Elaboración de los Proyectos de Actuación Prioritarios.
Artículo 411. Efectos de la aprobación del Proyecto de Actuación Prioritario.
Artículo 412. Tramitación paralela del planeamiento urbanístico y del Proyecto de Actuación Prioritario.
SECCIÓN 5.ª. Relaciones del urbanizador con los propietarios y la Administración
Artículo 413.Obligaciones del urbanizador.
Artículo 414. Derechos del urbanizador.
Artículo 415.Retribución del urbanizador.
Artículo 416. Derechos de los propietarios en su relación con el urbanizador.
Artículo 417. Propietarios no adheridos o incumplidores.
Artículo 418.Potestades de la Administración.
Artículo 419. Intervención sustitutoria de la Administración del Principado de Asturias.
CAPÍTULO IV. Sistemas de actuación en suelo urbanizable no prioritario y en suelo urbano no consolidado
SECCIÓN 1.ª. Sistema de compensación
SUBSECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 420. Características del sistema de compensación.
Artículo 421.Instrumentos de gestión en el sistema de compensación.
Artículo 422. Sujetos de la gestión urbanística en el sistema de compensación.
SUBSECCIÓN 2.ª. Proyecto de Actuación
Artículo 423.Concepto.
Artículo 424.Plazo para su presentación.
Artículo 425.Cambio del sistema de actuación.
Artículo 426.Suscripción del Proyecto de Actuación.
Artículo 427. Contenido del Proyecto de Actuación.
Artículo 428. Determinaciones generales.
Artículo 429. Estatutos de la Junta de Compensación.
Artículo 430. Bases de actuación.
Artículo 431. Determinaciones sobre la reparcelación.
Artículo 432.Determinaciones sobre la urbanización.
Artículo 433. Tramitación del Proyecto de Actuación.
Artículo 434. Efectos de la aprobación del Proyecto de Actuación.
SUBSECCIÓN 3.ª. Junta de Compensación
Artículo 435.Constitución.
Artículo 436. Efectos de la constitución.
Artículo 437.Composición y órganos de gobierno.
Artículo 438. Incorporaciones y expropiaciones.
Artículo 439.Transmisiones.
Artículo 440.Responsabilidad.
Artículo 441. Modificaciones.
Artículo 442.Disolución.
SUBSECCIÓN 4.ª. Proyecto de Compensación
Artículo 443.Concepto.
Artículo 444.Formulación.
Artículo 445.Contenido del Proyecto de Compensación.
Artículo 446.Aprobación de los Proyectos de Compensación.
Artículo 447.Efectos de la aprobación.
SUBSECCIÓN 5.ª. Procedimiento conjunto
Artículo 448.Legitimación.
Artículo 449. Tramitación del procedimiento conjunto.
SUBSECCIÓN 6.ª. Ejecución de las obras de urbanización
Artículo 450.Normas específicas.
SECCIÓN 2.ª. Sistema de cooperación
SUBSECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 451. Características del sistema de cooperación.
Artículo 452.Instrumentos y formas de gestión en el sistema de cooperación.
Artículo 453. Sujetos de la gestión urbanística en el sistema de cooperación.
Artículo 454. Distribución de los gastos de urbanización.
Artículo 455. Pago anticipado de los gastos de urbanización.
Artículo 456.Aplazamiento en el pago de los gastos de urbanización.
Artículo 457. Suspensión del otorgamiento de licencias
SUBSECCIÓN 2.ª. Asociaciones administrativas de cooperación
Artículo 458.Constitución.
Artículo 459.Funciones de las asociaciones administrativas de cooperación.
SECCIÓN 3.ª. Sistema de expropiación
Artículo 460. Requisitos para la aplicación del sistema de expropiación.
Artículo 461. Sujetos de la gestión urbanística en el sistema de expropiación.
Artículo 462. Liberación de expropiaciones.
Artículo 463. Pago mediante adjudicación de terrenos del mismo ámbito.
CAPÍTULO V. Parcelación y reparcelación urbanística
SECCIÓN 1.ª. Parcelaciones urbanísticas
Artículo 464.Concepto de parcelación urbanística.
Artículo 465.Límites a la parcelación urbanística.
SECCIÓN 2.ª. Reparcelación urbanística
SUBSECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 466. Concepto y funciones.
Artículo 467. Unidad reparcelable.
Artículo 468.Inclusión de superficies exteriores.
SUBSECCIÓN 2.ª. Contenido de la reparcelación
Artículo 469. Criterios y determinaciones.
Artículo 470. Reglas de adjudicación.
Artículo 471. Reglas adicionales para el sistema de actuación en suelo urbanizable prioritario.
Artículo 472. Definición de derechos.
Artículo 473.Cuenta de liquidación provisional.
Artículo 474.Documentación del Proyecto de Reparcelación.
SUBSECCIÓN 3.ª. Procedimiento general para la reparcelación
Artículo 475. Iniciación y sus efectos.
Artículo 476.Interesados en los expedientes de reparcelación.
Artículo 477. Relaciones con los propietarios y titulares de derechos.
Artículo 478.Formulación del Proyecto de Reparcelación.
Artículo 479. Tramitación.
Artículo 480. Efectos jurídico-económicos del acuerdo aprobatorio de la reparcelación.
Artículo 481. Extinción o transformación de derechos y cargas.
Artículo 482.Efectos económicos del acuerdo aprobatorio de la reparcelación.
Artículo 483.Liquidación definitiva.
SUBSECCIÓN 4.ª. Procedimientos abreviados para la reparcelación
Artículo 484. Reparcelación voluntaria.
Artículo 485.Reparcelación simplemente económica.
CAPÍTULO VI. Actuaciones asistemáticas
SECCIÓN 1.ª. Actuaciones mediante licencia en suelo urbano consolidado
Artículo 486. Requisitos.
Artículo 487. Urbanización y edificación simultáneas.
Artículo 488.Actuaciones para completar la urbanización de parcelas.
SECCIÓN 2.ª. Actuaciones mediante normalización de fincas en suelo urbano consolidado
Artículo 489.Requisitos.
Artículo 490.Proyecto de normalización de fincas.
Artículo 491. Tramitación.
CAPÍTULO VII. Expropiación por razones urbanísticas
SECCIÓN 1.ª. Disposiciones generales
Artículo 492.Formas de gestión.
Artículo 493. Atribución de la condición de beneficiario.
Artículo 494. Usos y construcciones.
Artículo 495.Bienes de dominio público y expropiación.
Artículo 496. Selección del procedimiento de expropiación
Artículo 497.Inicio del expediente expropiatorio.
Artículo 498.Pago mediante adjudicación de terrenos.
Artículo 499. Imposición de contribuciones especiales
SECCIÓN 2.ª. Proyecto de Expropiación por tasación conjunta
Artículo 500.Contenido del Proyecto de Expropiación
Artículo 501. Tramitación del Proyecto de Expropiación.
CAPÍTULO VIII. Obtención de terrenos dotacionales
SECCIÓN 1.ª. Obtención en función de la clase y categoría de suelo
Artículo 502.Obtención de terrenos destinados a dotaciones locales incluidos en polígonos o unidades de actuación.
Artículo 503.Obtención de terrenos destinados a dotaciones locales no incluidos en polígonos o unidades de actuación.
Artículo 504.Obtención de terrenos destinados a dotaciones públicas situados en núcleos rurales.
Artículo 505. Obtención de los terrenos afectos a sistemas generales
SECCIÓN 2.ª. Obtención por expropiación u ocupación directa
Artículo 506. Obtención de los terrenos mediante expropiación.
Artículo 507.Ocupación directa.
Artículo 508. Acta de ocupación.
CAPÍTULO IX. Edificación de los solares para la construcción de vivienda y rehabilitación de los edificios
SECCIÓN 1.ª. Deberes de edificación y rehabilitación
Artículo 509. Deber de edificar los solares.
Artículo 510.Deber de rehabilitación.
Artículo 511.Fincas con construcciones paralizadas, ruinosas, derruidas o inadecuadas.
Artículo 512. Inmuebles excluidos del régimen de edificación forzosa.
Artículo 513.Plazo para edificar o rehabilitar.
Artículo 514. Consecuencias del incumplimiento de los deberes de edificar o rehabilitar.
Artículo 515.Declaración del incumplimiento del deber de edificar o rehabilitar.
SECCIÓN 2.ª. Edificación y rehabilitación forzosa
Artículo 516.Inmuebles sometidos al régimen edificación o rehabilitación forzosa.
Artículo 517.Programas de edificación y de rehabilitación forzosa.
Artículo 518. Gestión de la edificación o rehabilitación forzosa.
Artículo 519. Actuación directa y a través de una sociedad urbanística.
Artículo 520.Actuación a través de un agente edificador o rehabilitador.
Artículo 521. Concurrencia de distintas iniciativas.
Artículo 522.Bases de la actuación por iniciativa privada.
Artículo 523. Formalización de la actuación por iniciativa privada.
CAPÍTULO X. Gestión urbanística en suelo no urbanizable
Artículo 524. Obtención de terrenos de interés público.
Artículo 525. Reglas aplicables a la cesión de terrenos.
Artículo 526. Conexiones a las redes de servicios y obras de urbanización.
CAPÍTULO XI. Convenios urbanísticos
Artículo 527.Objeto y régimen jurídico de los Convenios urbanísticos.
Artículo 528.Otros Convenios.
Artículo 529.Contenido.
Artículo 530. Límites.
Artículo 531.Eficacia real.
Artículo 532.Procedimiento y publicidad.
Artículo 533. Efectos de los Convenios relativos al planeamiento urbanístico
Artículo 534. Normas aplicables a los Convenios urbanísticos
TÍTULO VI. INTERVENCIÓN PÚBLICA EN EL MERCADO DEL SUELO
CAPÍTULO I. Patrimonios públicos de suelo
Artículo 535.Patrimonio de suelo del Principado de Asturias.
Artículo 536.Patrimonios municipales de suelo.
Artículo 537.Colaboración entre los distintos patrimonios públicos de suelo.
Artículo 538.Bienes integrantes.
Artículo 539. Naturaleza.
Artículo 540.Tutela de los bienes integrantes de los patrimonios públicos de suelo.
Artículo 541.Destino.
Artículo 542. Gestión.
Artículo 543. Enajenación mediante concurso.
Artículo 544. Enajenación mediante subasta.
Artículo 545.Cesión.
Artículo 546. Permuta.
CAPÍTULO II. Otros instrumentos de intervención en el mercado del suelo
Artículo 547. Objetivos e instrumentos.
Artículo 548. Finalidades.
Artículo 549. Ámbito territorial.
SECCIÓN 1.ª. Áreas sujetas a los derechos de tanteo y retracto
Artículo 550.Legitimación.
Artículo 551.Alcance de la delimitación.
Artículo 552.Delimitación de áreas de tanteo y retracto sobre viviendas de protección pública.
Artículo 553.Instrumentos y procedimiento de delimitación.
Artículo 554. Constancia registral.
Artículo 555.Obligaciones de los propietarios afectados por la delimitación.
Artículo 556. Pago de los bienes.
Artículo 557. Destino de los bienes obtenidos.
SECCIÓN 2.ª. Reservas regionales de suelo
Artículo 558. Objeto
Artículo 559.Procedimiento.
Artículo 560. Pago del justiprecio y adjudicación de las parcelas resultantes.
SECCIÓN 3.ª. Otros instrumentos de intervención en el mercado del suelo
Artículo 561. Derecho de superficie.
Artículo 562. Derecho de readquisición preferente.
TÍTULO VII. INTERVENCIÓN EN LA EDIFICACIÓN Y EL USO DEL SUELO Y DEL SUBSUELO
CAPÍTULO I. Licencias urbanísticas
SECCIÓN 1.ª. Actos sujetos
Artículo 563. Licencia urbanística
Artículo 564.Actos sujetos a licencia urbanística.
Artículo 565. Actos no sujetos a licencia urbanística.
Artículo 566. Actos promovidos por Administraciones Públicas distintas de la municipal.
SECCIÓN 2.ª. Concurrencia con otras intervenciones administrativas
Artículo 567.Concurrencia de licencia urbanística y otras autorizaciones sectoriales.
Artículo 568. Licencia de primera ocupación.
SECCIÓN 3.ª. Otorgamiento, efectos y caducidad
Artículo 569.Competencia.
Artículo 570.Alcance general de la intervención municipal.
Artículo 571. Regulación del procedimiento de otorgamiento de licencia urbanística.
Artículo 572.Solicitud y documentación exigible.
Artículo 573. Proyecto técnico.
Artículo 574. Reglas referidas a la emisión de informes.
Artículo 575.Resolución.
Artículo 576.Silencio administrativo.
Artículo 577. Nulidad de pleno derecho.
Artículo 578. Comunicación al Principado de Asturias.
Artículo 579.Información general.
Artículo 580. Contenido de la licencia.
Artículo 581. Plazos de ejecución.
Artículo 582.Caducidad.
Artículo 583.Transmisión.
Artículo 584.Disconformidad sobrevenida.
Artículo 585.Licencias y contratación de servicios por empresas suministradoras.
CAPÍTULO II. Órdenes de ejecución
Artículo 586.Concepto y alcance.
Artículo 587. Procedimiento y contenido.
Artículo 588.Ejecución forzosa.
CAPÍTULO III. Situación legal de ruina
Artículo 589. Supuestos de ruina legal.
Artículo 590. Ruina económica.
Artículo 591.Ruina técnica.
Artículo 592.Ruina urbanística.
Artículo 593. Iniciación del procedimiento.
Artículo 594.Tramitación.
Artículo 595.Resolución.
Artículo 596.Efectos.
Artículo 597.Amenaza de ruina física inminente.
TÍTULO VIII. PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA Y RESTAURACIÓN DE LA REALIDAD FÍSICA ALTERADA
CAPÍTULO I. Obras sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a sus determinaciones
Artículo 598.Paralización de actuaciones en curso sin licencia.
Artículo 599.Actuación del Principado de Asturias en caso de inactividad municipal.
Artículo 600.Actuaciones en curso sin ajustarse a las condiciones de la licencia u orden de ejecución.
Artículo 601. Ejecutoriedad del acuerdo de suspensión.
Artículo 602.Legalización de obras sin licencia.
Artículo 603.Actuaciones terminadas sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a sus determinaciones.
Artículo 604.Suspensión y revisión de licencias ilegales.
CAPÍTULO II. Restauración de la realidad física alterada
Artículo 605.Actuación municipal en caso de inactividad de los particulares.
Artículo 606. Restauración de la realidad física alterada.
Artículo 607.Derrumbamientos en núcleos históricos o áreas de interés cultural.
Artículo 608.Actuación del Principado de Asturias en caso de inactividad municipal.
TÍTULO IX. RÉGIMEN SANCIONADOR
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 609.Efectos de las infracciones.
Artículo 610. Compatibilidad del régimen sancionador con otras medidas de protección de la legalidad.
CAPÍTULO II. Infracciones urbanísticas
Artículo 611.Definición de infracciones urbanísticas.
Artículo 612.Clasificación y tipificación.
Artículo 613. Infracciones continuadas y permanentes.
Artículo 614.Infracciones conexas.
Artículo 615.Responsables.
Artículo 616.Responsabilidad de personas jurídicas.
Artículo 617.Circunstancias modificativas de la responsabilidad.
Artículo 618. Plazo de prescripción de infracciones.
CAPÍTULO III. Sanciones
Artículo 619.Régimen general.
Artículo 620. Reglas específicas.
Artículo 621. Proporcionalidad.
Artículo 622. Prohibición de beneficio económico.
Artículo 623.Carácter independiente de las sanciones.
Artículo 624.Otras reglas para la aplicación de las sanciones.
Artículo 625.Medidas accesorias.
Artículo 626. Prescripción de las sanciones.
CAPÍTULO IV. Procedimiento sancionador
Artículo 627.Procedimiento.
Artículo 628.Órganos competentes.
Artículo 629. Destino de las multas.
TÍTULO X. INSPECCIÓN URBANISTICA
Artículo 630. Funciones y competencias.
Artículo 631. Planes de inspección.
Artículo 632. Ejercicio de las funciones de inspección.
Artículo 633. Actas de inspección urbanística.
Artículo 634.Diligencias de inspección.
