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Articulo 13 Desarrollo del RD-Ley 16/2017, disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino

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Artículo 13. Verificación independiente.

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1. El verificador independiente será ajeno al titular y al operador en medio marino, o propietario en su caso, no pudiendo ser la misma sociedad, ni cualquier otra que se integre en su mismo grupo empresarial, debiendo cumplir la selección de este verificador los criterios enumerados en el anexo V.

2. Los operadores en medio marino y propietarios establecerán programas de verificación independiente con los fines señalados en el artículo 9.2 del Real Decreto-ley 16/2017, de 17 de noviembre, conforme a los requisitos establecidos en el anexo V de este real decreto y los describirán. Habrá de presentarse en virtud del artículo 7.1.d) de este real decreto e incluirse en el sistema de gestión de la seguridad y el medio ambiente que ha de remitirse en virtud del artículo 7.1.b).

3. Los operadores en medio marino y propietarios deberán:

a) Atenerse al dictamen del verificador independiente y cumplir sus indicaciones tomando las medidas oportunas.

b) Conservar la documentación asociada durante un período de seis meses, desde la terminación de las operaciones relacionadas con la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino a las que estén vinculadas.

c) Poner a disposición de la ACSOM el dictamen recibido del verificador independiente, así como las acciones llevadas a cabo en respuesta a dicho dictamen.

4. El programa de verificación deberá establecerse:

a) Antes de la finalización del diseño de la instalación cuando se trate de instalaciones destinadas a la producción.

b) Antes del inicio de las operaciones en el medio marino en el caso de instalaciones no destinadas a la producción.

5. Los resultados de la verificación independiente se entenderán sin perjuicio de la responsabilidad del operador en medio marino o del propietario en relación con el funcionamiento correcto y seguro de los equipos y los sistemas sujetos a verificación.