Articulo 13 Estatuto de los productores e industriales agroalimentarios de I. Balears
Ver Indice
»Artículo 13. Derecho a reclamar y a resarcirse por los daños y perjuicios sufridos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Los productores e industriales agroalimentarios tienen derecho, de conformidad con la legislación vigente, al resarcimiento de los daños y perjuicios que puedan sufrir como consecuencia de la adquisición o utilización de medios de producción y productos agroalimentarios.
2. Sin perjuicio del derecho a acudir directamente a la vía judicial, los productores e industriales agroalimentarios podrán dirigirse a la Administración autonómica, a fin de ser atendidos, en el marco de sus competencias, en relación a la información y protección de sus derechos e intereses.
