Artículo 13 Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía
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»Artículo 13. La Vicepresidencia.
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1. La Vicepresidencia de la Agencia corresponderá a la persona titular de la Viceconsejería de la Consejería a la que se encuentre adscrita la Agencia. Además de asistir a la Presidencia en sus funciones, la ejercerá por suplencia en caso de ausencia, vacante, enfermedad o causa de abstención de su titular.
2. Asimismo, ejercerá cualquier otra función que se le atribuya o que se le delegue.
