Articulo 13 Medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas
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»Artículo 13.- Acuerdo de homologación retributiva con el Servicio Murciano de Salud.
Vigente
Con efectos de 1 de marzo de 2011, los empleados públicos pertenecientes al ámbito de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios percibirán el 85% de las cuantías resultantes del proceso de homologación retributiva con el personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, que se acordaron por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las organizaciones sindicales en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios de 3 de marzo de 2008, cuya forma de abono se reguló en los apartados cuarto b), quinto b) y sexto del Acuerdo de 18 de marzo de 2009, de la misma Mesa.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 1/2011, de 24 de febrero, de modificación de la Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de Medidas Extraordinarias para la Sostenibilidad de las Finanzas Públicas.
(BORM de 28-02-2011) en vigor desde 01-03-2011