Artículo 13 Políticas de ... Cantabria

Artículo 13 Políticas de Juventud de Cantabria

Ver Indice
»

Artículo 13. Universidad.

Vacatio legis
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Se reconocerá a las Universidades de la Comunidad, instituciones de educación superior, su papel fundamental en la formación integral de la juventud como promotoras del desarrollo de capacidades a través del conocimiento como valor esencial para la prosperidad económica y social de la comunidad.

2. Se reconocerá el papel de la Universidad como promotora de la empleabilidad juvenil, el emprendimiento y la innovación a través de la excelencia.

3. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria impulsará iniciativas que refuercen la vinculación entre la Universidad y la juventud, implantando la gratuidad en los estudios universitarios en los términos que se fijarán en el desarrollo reglamentario de esta Ley, primando la excelencia académica.