Articulo 13 Reglamento interno de la Fiscalía Europea
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»Artículo 13. Secretario del Colegio
Vigente
1. El fiscal general europeo designará a una persona de entre el personal de la Fiscalía Europea para que actúe como secretario del Colegio.
2. El secretario del Colegio trabajará bajo la autoridad del fiscal general europeo y le asistirá en la preparación de las reuniones del Colegio.