Legislación
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Reglamento interno de la Fiscalía Europea adoptado mediante Decisión 3/2020 de 12 de octubre de 2020 del Colegio de la Fiscalía Europea (EPPO) y modificado y ampliado mediante Decisión 85/2021 de 11 de agosto de 2021 y Decisión 26/2022 de 29 de junio de 2022 del Colegio de la Fiscalía Europea - Diario Oficial de la Unión Europea de 23-05-2023

Tiempo de lectura: 14 min

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Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Mayo de 2023

F. entrada en vigor: 23/05/2023

Órgano emisor: FISCALÍA EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 181

F. Publicación: 23/05/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Régimen lingüístico Artículo 3. Modalidades de traducción
TÍTULO II. ASPECTOS ORGANIZATIVOS
CAPÍTULO 1. El Colegio
Artículo 4. Presidencia Artículo 5. Ejercicio del seguimiento general Artículo 6. Decisiones sobre estrategias y políticas Artículo 7. Reuniones Artículo 8. Quorum y votación Artículo 9. Procedimiento escrito para la adopción de decisiones del Colegio Artículo 10. Procedimiento tácito para la adopción de decisiones del Colegio Artículo 11. Procedimiento para la adopción de orientaciones Artículo 12. Deliberaciones a puerta cerrada y confidencialidad Artículo 13. Secretario del Colegio Artículo 14. Actas de las reuniones
CAPÍTULO 2. Las Salas Permanentes
Artículo 15. Decisión sobre las Salas Permanentes Artículo 16. Composición Artículo 17. Designación de los presidentes Artículo 18. Sustitución temporal de un presidente Artículo 19. Reparto de los casos Artículo 20. Competencia en un caso específico y reasignación Artículo 21. Información al Colegio Artículo 22. Obligaciones de información Artículo 23. Organización de las reuniones Artículo 24. Procedimiento escrito
CAPÍTULO 3. El fiscal general europeo y los fiscales adjuntos al fiscal general europeo
Artículo 25. Funciones y cometidos del fiscal general europeo Artículo 26. Selección y nombramiento de los fiscales adjuntos al fiscal general europeo Artículo 27. Funciones de los fiscales adjuntos al fiscal general europeo Artículo 28. Ejercicio de las funciones Artículo 29. Dimisión y destitución de los fiscales adjuntos al fiscal general europeo
CAPÍTULO 4. Los fiscales europeos
Artículo 30. Sustitución entre fiscales europeos Artículo 31. Sustitución de un fiscal europeo por un fiscal europeo delegado Artículo 32. Asignación de casos a otros fiscales europeos
CAPÍTULO 5. Los fiscales europeos delegados
Artículo 33. Nombramiento de los fiscales europeos delegados Artículo 34. Coordinación de los fiscales europeos delegados Artículo 35. Sustitución entre fiscales europeos delegados
CAPÍTULO 6. El director administrativo
Artículo 36. Selección y nombramiento del director administrativo Artículo 37. Evaluación del rendimiento profesional y ampliación del mandato del director administrativo
TÍTULO III. CUESTIONES OPERATIVAS
CAPÍTULO 1. Registro y verificación de la información
Artículo 38. Registro de la información Artículo 39. Misión de verificación Artículo 40. Verificación de la información Artículo 41. Decisión de iniciar una investigación o de avocar un caso Artículo 42. Decisión de no iniciar una investigación o de no avocar un caso Artículo 42 bis. Información recibida en virtud del artículo 24, apartado 3, del Reglamento
CAPÍTULO 2. Investigaciones
Artículo 43. Normas para la realización de una investigación Artículo 44. Información sobre las investigaciones Artículo 45. Supervisión de las investigaciones Artículo 46. Dirección de las investigaciones Artículo 47. Revisión de las instrucciones de las Salas Permanentes Artículo 48. Revisión interna de los actos de los fiscales europeos delegados Artículo 49. Reasignación de un caso a otro fiscal europeo delegado Artículo 50. Reasignación de un caso a un fiscal europeo delegado en otro Estado miembro Artículo 51. Acumulación y escisión de casos correspondientes a la jurisdicción de más de un Estado miembro Artículo 51 bis. Acumulación y escisión de casos correspondientes a la jurisdicción de un mismo Estado miembro Artículo 52. Investigaciones dirigidas por un fiscal europeo Artículo 53. Procedimiento de asignación de medidas de investigación transfronterizas a un fiscal europeo delegado asistente Artículo 54. Medidas de investigación excepcionalmente gravosas
CAPÍTULO 3. Conclusión de los casos
Artículo 55. Delegación de poderes para la conclusión de casos Artículo 56. Conclusión de la investigación Artículo 57. Remisión de casos a las autoridades nacionales Artículo 58. Consulta con las autoridades nacionales Artículo 59. Reapertura de una investigación
CAPÍTULO 4. Proceso judicial
Artículo 60. Representación ante un órgano jurisdiccional
TÍTULO IV. SISTEMA DE GESTIÓN DE CASOS
Artículo 61. Normas relativas al derecho de acceso al sistema de gestión de casos Artículo 62. Cotejo de la información
TÍTULO V. PROTECCIÓN DE DATOS
Artículo 63. Principios generales Artículo 64. Normas de desarrollo sobre el tratamiento de datos personales Artículo 65. Creación de ficheros automatizados de datos distintos de los expedientes para el tratamiento de datos personales operativos
TÍTULO VI. NORMAS SOBRE LAS RELACIONES CON LOS SOCIOS
Artículo 66. Normas generales sobre acuerdos de colaboración y acuerdos Artículo 67. Puntos de contacto en terceros países
TÍTULO VII. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 68. Celebración del acuerdo de sede Artículo 69. Conflicto de intereses Artículo 70. Modificación del reglamento interno Artículo 71. Procedimiento en caso de indisponibilidad del sistema de gestión de casos Artículo 72. Publicación y entrada en vigor ANEXO. Disposiciones relevantes de la Decisión 85/2021 del Colegio que no se incorporan a la versión consolidada