Articulo 13 Renta garanti...-Derogada-

Articulo 13 Renta garantizada de ciudadanía -Derogada-

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Artículo 13. Obligaciones de los destinatarios.

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1. La concesión de la renta garantizada de ciudadanía supondrá la aceptación y el cumplimiento de las obligaciones generales y específicas que se detallan en el presente artículo.

2. Son obligaciones generales de todos los destinatarios.

a) Cumplir el compromiso genérico de participación activa para superar la situación de necesidad y destinar la prestación concedida a la finalidad prevista en el artículo 5.1. b) Facilitar la actuación de los técnicos para evaluar su situación y las posibles modificaciones futuras, así como para efectuar el seguimiento y evaluación de la prestación.

c) Solicitar todas las prestaciones referidas en el artículo 4.2 a las que pudieran tener derecho.

d) No rechazar oferta de trabajo, así como mantener la inscripción como demandantes de empleo o mejora de empleo cuando se encuentren en edad laboral, salvo las excepciones establecidas en la presente Ley.

e) Disponer todas las condiciones y medios necesarios y suficientes para que los destinatarios menores de edad reciban la educación obligatoria.

f) No practicar la mendicidad.

3. Todos los destinatarios habrán de cumplir también los compromisos pactados en su proyecto individualizado de inserción y las obligaciones específicas que en éste se determinen.

4. Además, el titular deberá comunicar de forma fehaciente, en el plazo que reglamentariamente se determine, cualquier cambio que la unidad familiar o de convivencia o sus miembros experimenten en las circunstancias económicas o personales que puedan dar lugar a la modificación o extinción de la prestación o a la suspensión de la percepción de su cuantía.