LEY 7/2010, de 30 de agosto, por la que se regula la renta garantizada de ciudadania de Castilla y Leon. - Boletín Oficial de Castilla y León de 02-09-2010
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Ambito: Castilla y León
Estado: DEROGADO. Desde 03 de Septiembre de 2010
F. entrada en vigor: 03/09/2010
Órgano emisor: PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 170
F. Publicación: 02/09/2010
Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 2. Ámbito subjetivo.
Artículo 3. Principios informadores.
Artículo 4. Concepto y carácter de la prestación.
Artículo 5. Finalidad de la prestación.
Artículo 6. Situaciones de exclusión social.
Artículo 7. Destinatarios de la prestación.
Artículo 8. Concepto de unidad familiar o de convivencia.
Artículo 9. Destinatarios únicos.
TÍTULO I. Requisitos de los destinatarios
Artículo 10. Requisitos del titular.
Artículo 11. Requisitos de los miembros de las unidades familiares o de convivencia.
Artículo 12. Estimación de la situación de carencia de medios económicos.
TÍTULO II. Contenido obligacional
Artículo 13. Obligaciones de los destinatarios.
Artículo 14. Proyecto individualizado de inserción.
TÍTULO III. Cuantía de la prestación
Artículo 15. Cuantía básica de la prestación.
Artículo 16. Complementos de la prestación.
Artículo 17. Determinación de la cuantía mensual.
Artículo 18. Incremento por razón de alquiler o adquisición de vivienda.
Artículo 19. Cuantía máxima de la prestación.
TÍTULO IV. Normas generales sobre procedimiento
Artículo 20. Criterios procedimentales.
Artículo 21. Iniciación.
Artículo 22. Instrucción.
Artículo 23. Terminación.
TÍTULO V. Devengo y seguimiento de la prestación
Artículo 24. Devengo de la prestación.
Artículo 25. Mantenimiento temporal de la prestación.
Artículo 26. Seguimiento de la prestación.
TÍTULO VI. Modificación y extinción de la prestación, y suspensión de la percepción de su cuantía
Artículo 27. Modificación de la prestación.
Artículo 28. Extinción de la prestación.
Artículo 29. Suspensión de la percepción de la cuantía de la prestación.
Artículo 30. Reintegro de cantidades percibidas.
TÍTULO VII. Cooperación y colaboración
Artículo 31. Actuaciones de cooperación y colaboración.
Artículo 32. Comunicación y cesión de datos.
Artículo 33. Estructuras de trabajo.
TÍTULO VIII. Financiación de la prestación
Artículo 34. Financiación de la renta garantizada de ciudadanía.
Artículo 35. Ampliación de créditos.
TÍTULO IX. Comisión de Seguimiento de la Renta Garantizada de Ciudadanía
Artículo 36. Comisión de Seguimiento de la Prestación de la Renta Garantizada de Ciudadanía.
Artículo 37. Funciones, composición y régimen.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Desarrollo reglamentario.
Segunda. Habilitación normativa.
Tercera. Entrada en vigor.
