Artículo 13 sobre limitación de la cuantía inicial para el ejercicio 2026 de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas
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»Artículo 13. Revalorización de las pensiones concurrentes del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.
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Las pensiones concurrentes del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado se revalorizarán aplicando al importe que tuviera cada una de ellas a 31 de diciembre de 2025 lo previsto en los artículos 6 y 7.
