Articulo 13 Voluntariado de protección civil y su registro
Ver Indice
»Artículo 13. Obligaciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las asociaciones de personas voluntarias de protección civil deberán estar registradas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Castilla y León.
Las asociaciones de personas voluntarias de protección civil deberán suscribir el correspondiente seguro de accidentes para hacer frente a los riesgos en los que puedan incurrir las personas voluntarias de la asociación en el desempeño de sus funciones, así como un seguro de responsabilidad por daños a terceros.
