Articulo 130 Normas-Marco de los Policías Locales
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»Artículo 130. De la publicación oficial.
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La concesión de las Medallas al Mérito de la Policía Local de Extremadura se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y se inscribirá en el Registro de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
