Articulo 131 Reglamento M...as Locales

Articulo 131 Reglamento Marco de las Policías Locales

Ver Indice
»

Artículo 131. Derechos.

Vigente

Los titulares de la Medalla al Mérito de la Policía Local de La Rioja tendrán derecho.

a) Al uso de la misma sobre el uniforme y en su caso, en el traje que la solemnidad del acto requiera.

b) A la inscripción de la concesión en los registros personales de sus respectivos Ayuntamientos y a su valoración a efectos de promoción profesional.