Articulo 132 Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión
Articulo 132 Sistema Vasc... Inclusión

Articulo 132 Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 132.- Programas para la inclusión.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Plan Vasco de Inclusión se ejecutará mediante los programas que elaboren y desarrollen las distintas administraciones públicas vascas en el ámbito de sus respectivas competencias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 29-03-2023