Articulo 133 Reglamento m...as locales

Articulo 133 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

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Artículo 133. Diploma de Jubilación

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Se crea el Diploma de Jubilación como reconocimiento a los miembros de los cuerpos de policía local por la dedicación de una vida al servicio de la ciudadanía y su misión de defensa promoción y protección de los derechos y libertades públicas.

Este Diploma se entrega a todos los miembros de la policía local, sea cuál sea su categoría en el momento de la jubilación.