Articulo 134 Reglamento Marco de las Policías Locales
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Artículo 134. Valoración en los concursos de méritos de los reconocimientos honoríficos.

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Mediante Orden del Consejero competente en materia de interior se determina la valoración que los reconocimientos honoríficos tienen en la fase de concurso en los procesos donde esté prevista esta fase.

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  • Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015