Articulo 135 Derechos y l...olescencia

Articulo 135 Derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia

Ver Indice
»

Artículo 135. Deberes de los niños y los adolescentes acogidos en centros

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Durante la estancia en los centros de acogimiento o residenciales, los niños o los adolescentes deben:

a) Cumplir las normas de funcionamiento y convivencia de los centros.

b) Respetar la dignidad y las funciones del personal del centro y de los demás residentes.

c) Desarrollar con dedicación y aprovechamiento las actividades educativas, laborales y de formación, organizadas, dirigidas y coordinadas por el mismo centro de acogimiento o residencial, que formen parte de su proyecto educativo.