Articulo 136 Derechos y deberes de niños y adolescentes en el sistema de protección
Articulo 136 Derechos y d...protección

Articulo 136 Derechos y deberes de niños y adolescentes en el sistema de protección

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Artículo 136. Resolución

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El ingreso en centros residenciales de educación intensiva o en centros terapéuticos se debe acordar por resolución del organismo competente en materia de infancia y adolescencia.