Articulo 136 Reglamento Marco de las Policías Locales
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Artículo 136. Principios inspiradores del procedimiento.

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1. El procedimiento disciplinario de los miembros de los Cuerpos de Policía Local de La Rioja y de los Auxiliares de Policía se ajustará a los principios de legalidad, impulso de oficio, imparcialidad, agilidad, eficacia, publicidad, contradicción, irretroactividad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad y concurrencia de sanciones, y comprende esencialmente los derechos a la presunción de inocencia, información, defensa y audiencia.

2. El procedimiento disciplinario aquí establecido, tendrá carácter de reglamento marco para los respectivos reglamentos de los Cuerpos de Policía Local.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015