Articulo 137 Reforma del ...a Asamblea

Articulo 137 Reforma del Reglamento de la Asamblea

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Artículo 137. Mayoría simple.

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Los acuerdos de los órganos de la Asamblea se adoptarán, con la asistencia de la mayoría de sus miembros, por mayoría simple, salvo que por disposición expresa al respecto se exija una mayoría diferente.