Artículo 138. Reglamento (UE) 2026/715, de 11 de marzo de 2026, DOUE
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»Artículo 138. Atribución de competencias de ejecución en relación con la necesidad y los requisitos de las traducciones.
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La Comisión adoptará actos de ejecución que precisen:
a) la medida en que los documentos justificativos que se utilicen en los procedimientos escritos ante la Oficina puedan presentarse en cualquier lengua oficial de la Unión, y la necesidad de suministrar una traducción;
b) los requisitos exigidos a las traducciones que se presenten a la Oficina.
Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 159, apartado 2.
