Articulo 14 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
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»Artículo 14. Tasa por los permisos de caza mayor y menor dentro de las reservas nacionales de caza y reservas de caza
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1. Se modifica el punto 1.2 del apartado 1 del artículo 12.3-4 de la Ley de tasas y precios públicos, que queda redactado del siguiente modo:
«1.2. Aves cinegéticas de la familia Anatidae:
Aves cinegéticas de la familia Anatidae: 218,95 euros.»
2. Se añade un supuesto al segundo grupo relativo a la caza selectiva de machos de más de un año del punto 2.4 del artículo 12.3-4 de la Ley de tasas y precios públicos, con el siguiente texto:
«Por pieza herida y no cobrada: 92,14 euros.»
