Articulo 14 Modelos de autoliquidación de tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña
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»Artículo 14. El modelo 651
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (14 (se deroga)) por Orden ECF/13/2025, de 18 de febrero, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones gestionado por la Agencia Tributaria de Cataluña
(GC de 21-02-2025) en vigor desde 22-02-2025 - Modificación realizada (14 (apdo. 3)) por ORDEN VEH/350/2016, de 21 de diciembre, por la que se amplían los supuestos de presentación y pago telemáticos de los modelos 660, 650, 651 y 653, correspondientes a las declaraciones y autoliquidaciones del impuesto sobre sucesiones y donaciones, modalidades sucesiones, donaciones y consolidaciones de dominio, y se modifica la Orden ECO/330/2011, de 30 de noviembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación de los tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña.
(GC de 30-12-2016) en vigor desde 01-01-2017 - Artículo modificado (14 (apdo. 3)) por ORDEN ECO/5/2015, de 13 de enero, por la que se regulan el alcance y el contenido de la declaración informativa resumen de las escrituras públicas y el procedimiento para hacer el envío telemático, y se modifica el apartado 3 del artículo 14 de la Orden ECO/330/2011, de 30 de noviembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación de los tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña.
(GC de 16-01-2015) en vigor desde 17-01-2015
