Articulo 14 Operaciones 2...upuestario

Articulo 14 Operaciones 2013 de cierre y apertura del ejercicio presupuestario

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Artículo 14. Documentos AD de plantilla cubierta del presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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1. La emisión y contabilización de los documentos AD iniciales de plantilla cubierta se realizará de manera centralizada y automática.

2. Los documentos AD se emitirán con los datos referentes a la plantilla presupuestaria y al catálogo de puestos de trabajo. Esta base de datos se elaborará a través del sistema de recursos humanos y la contabilización se realizará mediante el SICODE.

3. La disposición coincidirá con la situación de la nómina a día 31 de diciembre. Las plazas vacantes figurarán con crédito disponible.

4. La Intervención General contabilizará los documentos AD iniciales y obtendrá sus listas definitivas.

5. En las aplicaciones presupuestarias que tengan asignados productores no permanentes en los presupuestos vigentes el día 1 de enero de 2014, la Intervención General contabilizará el documento AD inicial para todas las retribuciones comprometidas para el año 2014 del citado personal.

6. El SICODE no admitirá en el capítulo 1 la anotación, por parte de las UGE, de documentos AD sin que estén contabilizados los documentos AD iniciales y siempre tendrán que ser AD+ referidos al documento AD inicial. Para ello, la Intervención General contabilizará un documento AD inicial por el importe de un céntimo de euro en las partidas referentes a conceptos retributivos variables o sin personal adscrito el día 1 de enero de 2014.

7. En caso de que el procedimiento y los enlaces mencionados en los apartados anteriores no se puedan realizar por razones técnicas, se contabilizará manualmente el correspondiente AD inicial para los gastos que no se puedan aplazar.

8. El procedimiento previsto en este artículo no es aplicable al personal adscrito al servicio de educación no universitaria.