Artículo 14. Orden de 24 de abril de 2026, Andalucía, Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias y modificación del Decreto 82/2022
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»Artículo 14. Acceso a Hoj@.
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Una vez dadas de alta en el perfil correspondiente de Hoj@, y siempre que cumplan los requisitos exigidos para cada una de ellas, las personas usuarias podrán acceder al mismo mediante alguna de las siguientes formas:
- Certificado electrónico cualificado válido.
- Clave concertada.
- Huella dactilar, en aquellos casos en los que el dispositivo de la persona usuaria lo permita, no realizándose ningún tratamiento de datos biométricos por parte de la Administración.
- Cl@ve pin.
