Articulo 14 Ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general gallega y de su sector público
- Téngase en cuenta que las referencias realizadas a la persona titular de la Dirección General de la Asesoría Jurídica General o a la Dirección General de la Asesoría Jurídica General se entenderán hechas a la persona titular de la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General o a la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General, según dispone la Ley 7/2022, de 27 de diciembre. - LEY 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
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»Artículo 14. Actuaciones en procedimientos arbitrales y en otras reclamaciones extrajudiciales
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Previa autorización de la persona titular de la Dirección General de la Asesoría Jurídica General, los/las letrados/as de la Xunta de Galicia podrán asumir la representación y defensa en procedimientos arbitrales y en otras reclamaciones extrajudiciales de naturaleza nacional o internacional, conforme a la legislación aplicable.
