Articulo 14 Patrimonio de Galicia -Parcialmente derogada-
- Con efectos de 3 de diciembre de 2023 queda derogada la presente ley, con excepción del artículo 59 bis y de su disposición adicional décima, que seguirán en vigor. - LEY 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Norma vigente hasta el 3 de diciembre de 2023, con excepción del artículo 59 bis y de su disposición adicional décima, que seguirán en vigor. - LEY 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
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»Artículo 14. Discrepancias.
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Si surgiesen discrepancias entre las distintas consejerías y entidades públicas instrumentales sobre la administración, gestión, conservación y colaboración en la protección y defensa de un bien o derecho, decidirá la consejería competente en materia de patrimonio, previa audiencia de los órganos interesados.
