Articulo 14 Plan para Derecho a la Vivienda
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Artículo 14. Cuantía de las ayudas

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1. La cuantía de las prestaciones al alquiler se determina por la diferencia entre el alquiler justo y la renta de alquiler que se está abonando, con el límite máximo establecido por orden del consejero o consejera competente en materia de vivienda.

2. La cuantía de la prestación de urgencia se determina en función de la deuda acreditada con el límite máximo establecido por resolución del presidente de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

3. La dotación y las características de las ayudas implícitas se determinan por la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-05-2014 en vigor desde 18-06-2014