Legislación
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DECRETO 75/2014, de 27 de mayo, del Plan para el derecho a la vivienda. - Diario Oficial de Cataluña de 29-05-2014

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CAPÍTULO 1. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto e instrumentación del Plan

Artículo 2. Programas del Plan y actuaciones susceptibles de ser protegidas

Artículo 3. Ámbitos geográficos

Artículo 4. Ingresos de las personas solicitantes

Artículo 5. Las ayudas establecidas en el Plan

Artículo 6. Reconocimiento de las ayudas establecidas en el Plan

Artículo 7. Ayudas de planes estatales de vivienda

CAPÍTULO 2. Los programas sociales de vivienda

SECCIÓN 1. Disposiciones generales

Artículo 8. Los programas sociales de vivienda

Artículo 9. Finalidades

Artículo 10. Condiciones de las viviendas y de las personas o entidades destinatarias

SECCIÓN 2. Las ayudas para el pago de la vivienda

Artículo 11. Objeto y finalidad de las ayudas

Artículo 12. Carácter de las prestaciones al alquiler

Artículo 13. Personas beneficiarias

Artículo 14. Cuantía de las ayudas

SECCIÓN 3. La mediación para el alquiler social

Artículo 15. Objeto

Artículo 16. La Red de mediación para el alquiler social

Artículo 17. Procedimiento de adjudicación de las viviendas del sistema de mediación para el alquiler social

Artículo 18. Contraprestaciones para los propietarios de las viviendas

Artículo 19. Renta máxima a percibir

Artículo 20. Reserva para personas con ingresos inferiores a 2,35 veces el Indicador de la Renta de Suficiencia de Cataluña

SECCIÓN 3 BIS. La cesión de viviendas a la Administración

Artículo 21. La cesión de viviendas a la Administración pública para destinarlas a alquiler social

SECCIÓN 4. Las viviendas de inserción

Artículo 22. Destino

Artículo 23. La Red de viviendas de inserción

Artículo 24. Condiciones de las viviendas de inserción

Artículo 25. Ayudas a las entidades gestoras de viviendas de inserción

SECCIÓN 5. Actuaciones sociales en áreas de riesgo de exclusión residencial o con degradación urbana

Artículo 26. Definición y objeto de las actuaciones

CAPÍTULO 3. Programa de fomento de la rehabilitación

SECCIÓN 1. Disposiciones generales

Artículo 27. El programa de fomento de la rehabilitación

Artículo 28. Actuaciones

Artículo 29. Modalidades de ayudas del programa de fomento de la rehabilitación

Artículo 30. Condiciones para acceder a las ayudas del programa de fomento de la rehabilitación

Artículo 31. Criterios de legalidad y coherencia técnica

Artículo 32. Requisitos temporales

Artículo 33. Garantías y límites

Artículo 34. Régimen de compatibilidades de las ayudas a la rehabilitación

SECCIÓN 2. Medidas de fomento a la rehabilitación de viviendas y edificios de viviendas

Artículo 35. Objeto

Artículo 36. Actuaciones de carácter prioritario y actuaciones que se consideran excluidas

Artículo 37. Cuantía y limitaciones de las subvenciones

SECCIÓN 3. Medidas de fomento a la rehabilitación en las áreas de rehabilitación

Artículo 38. Objeto

Artículo 39. Áreas de conservación y rehabilitación

Artículo 40. Programas específicos de fomento de la rehabilitación

CAPÍTULO 4. Programa de viviendas con protección oficial

SECCIÓN 1. Las viviendas con protección oficial

Artículo 41. Viviendas con protección oficial

Artículo 42. Ayudas públicas del programa

Artículo 43. Modalidades de calificación de las viviendas con protección oficial

Artículo 44. Características de las viviendas con protección oficial

SECCIÓN 2. Procedimiento de calificación, plazo, precios y rentas de las viviendas con protección oficial

Artículo 45. La calificación provisional

Artículo 46. La calificación definitiva

Artículo 47. Plazo de vigencia de la calificación de las viviendas con protección oficial

Artículo 48. Precio de venta del suelo destinado a la construcción de viviendas con protección oficial

Artículo 49. Renta máxima de las viviendas con protección oficial destinadas a alquiler

Artículo 50. Precios máximos de venta de las viviendas con protección oficial

Artículo 51. Renta máxima y precio máximo de venta de las viviendas con protección oficial destinadas a alquiler con opción de compra

Artículo 52. Precio máximo de venta en segundas o sucesivas transmisiones de viviendas con protección oficial

SECCIÓN 3. Régimen jurídico y condiciones de transmisión de las viviendas con protección oficial

Artículo 53. Formas de transmisión y cesión de uso de las viviendas con protección oficial

Artículo 54. El sistema de tenencias intermedias para el acceso a la vivienda con protección oficial

Artículo 55. Condiciones para acceder a las viviendas con protección oficial

Artículo 56. Destino y ocupación de las viviendas con protección oficial

Artículo 57. El visado de los contratos

SECCIÓN 4. Alojamientos colectivos protegidos

Artículo 58. Definición y características de los alojamientos colectivos protegidos

Artículo 59. Ayudas a la promoción de alojamientos colectivos protegidos

CAPÍTULO 5. Otras medidas conexas y complementarias

SECCIÓN 1. La colaboración de las oficinas locales de vivienda y de las bolsas de mediación para el alquiler social

Artículo 60. Las oficinas locales de vivienda y las bolsas de mediación para el alquiler social

Artículo 61. Condiciones de una oficina local de vivienda o una bolsa de mediación para el alquiler social

Artículo 62. Modalidades de convenios

Artículo 63. Formalización y ejecución de los convenios

Artículo 64. Financiación de los convenios de las oficinas locales de vivienda y de las bolsas de mediación

Artículo 65. Control y seguimiento de los convenios con las oficinas locales de vivienda y con las bolsas de mediación para el alquiler social

SECCIÓN 2. Régimen de coberturas de cobro de las rentas arrendaticias de los contratos de alquiler de viviendas

Artículo 66. Objeto

Artículo 67. Características del régimen de coberturas

Artículo 68. Requisitos

Artículo 69. Acceso al Avalloguer

Artículo 70. Procedimiento para obtener la compensación a que da derecho el Avalloguer

Artículo 71. Reintegro

SECCIÓN 3. Servicio de asesoramiento sobre la deuda hipotecaria

Artículo 72. Servicio de asesoramiento sobre la deuda hipotecaria

SECCIÓN 4. Mesas de valoración de situaciones de emergencias económicas y sociales

Artículo 73. Mesas de valoración de situaciones de emergencias económicas y sociales

Artículo 74. La Mesa de valoración de situaciones de emergencias económicas y sociales de Cataluña

Artículo 75. Consideración de situaciones de emergencia económica y social

DISPOSICIONES ADICIONALES

D.A. 1ª. Organismo gestor del Avalloguer

D.A. 2ª. Bases y convocatorias

D.A. 3ª. Limitación presupuestaria

D.A. 4ª. Consorcios de vivienda

D.A. 5ª. Precio máximo de las viviendas de protección oficial de promoción pública

D.A. 6ª. Zonas de escasa demanda

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

D.T. 1ª. Viviendas de compraventa pendientes de transmisión

D.T. 2ª. Viviendas con protección oficial destinadas a alquiler

D.T. 3ª. Solicitudes de calificación provisional pendientes de resolver

D.T. 4ª. Normativa de aplicación a promociones calificadas provisionalmente al amparo del Decreto 13/2010, de 2 de febrero

D.T. 5ª. Precio del suelo destinado a vivienda protegida

D.T. 6ª. Zonas geográficas

D.T. 7ª. Precios y rentas máximas de las viviendas con protección oficial

D.T. 8ª. Rentas mensuales pactadas para los contratos con garantía Avalloguer

D.T. 9ª. Cuantías máximas de las prestaciones al alquiler

DISPOSICIONES DEROGATORIAS

D.DT. UNICA

DISPOSICIONES FINALES

D.F. 1ª.

D.F. 2ª.

D.F. 3ª.

D.F. 4ª.

Anexo. Áreas de demanda residencial fuerte y acreditada