Articulo 14 Prestaciones ... servicios

Articulo 14 Prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, capacidad económica de los beneficiarios y su participación en el coste de los servicios

Ver Indice
»

Artículo 14. Concepto y clases de prestaciones económicas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las prestaciones económicas previstas en los artículos 17 y siguientes de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, tienen carácter personal y periódico y su cuantía se determinará en función del grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario.

2. Las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia son las siguientes:

a) Prestación económica vinculada al servicio.

b) Prestación económica para cuidados en el entorno familiar.

c) Prestación económica de asistencia personal.