Articulo 14 Presupuestos 2010 Cantabria
Ver Indice
»Artículo 14. Formalización de las operaciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El titular de la Consejería de Economía y Hacienda podrá formalizar todo tipo de contratos relativos a las operaciones de endeudamiento y cobertura financiera, a las que se hace referencia en el presente capítulo, pudiendo delegar en el titular de la Dirección General competente en materia de Política Financiera.
