Articulo 14 Servicio de capacitación lingüística para Entes Públicos
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»Artículo 14.- Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas.
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Estas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones o ayudas que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. Si la suma total de las cantidades recibidas a través de las distintas ayudas fuera superior al coste de la sustitución realizada, se reducirá en la cantidad correspondiente al exceso el importe de la ayuda concedida en virtud de la presente Orden.
