Articulo 14 Servicio jurídico de la Administración de la Junta
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Artículo 14. Designación de las jefaturas de las asesorías jurídicas de las Consejerías y organismos autónomos.

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Los jefes de las unidades de los Servicios Jurídicos de las Consejerías y de los organismos autónomos serán nombrados mediante el procedimiento de libre designación, oída la Dirección de los Servicios Jurídicos, de conformidad con las leyes de función pública.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-10-2013 en vigor desde 14-11-2013