Articulo 142 General Tributaria
Articulo 142 General Tributaria

Articulo 142 General Tributaria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 142. Objeto del procedimiento de comprobación e investigación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Este procedimiento tendrá por objeto comprobar e investigar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias y en el mismo se procederá, en su caso, a la regularización de la situación tributaria del obligado mediante la práctica de una o varias liquidaciones.

2. La comprobación tendrá por objeto los actos, elementos y valoraciones consignados por los obligados tributarios en sus declaraciones o autoliquidaciones.

3. La investigación tendrá por objeto descubrir la existencia, en su caso, de hechos con relevancia tributaria no declarados o declarados incorrectamente por los obligados tributarios.

4. Los procedimientos de comprobación e investigación que se lleven a efecto se desarrollarán en virtud de los Planes de Inspección.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-03-2005 en vigor desde 01-07-2005