Artículo 146. Ley 2/2026, de 12 de marzo, Andalucía
Artículo 146. Tipos de incentivos.
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1. La Administración de la Junta de Andalucía promoverá el uso de la fiscalidad ecológica y otros instrumentos de política económica como herramientas para contribuir a los fines de esta ley. Con este objetivo, se podrán establecer incentivos, incluyendo subvenciones, para la inversión y medidas horizontales de apoyo que faciliten tanto la mejora directa de la calidad del medio ambiente como la adopción de prácticas que favorezcan la innovación, la investigación y la gestión eficiente de los recursos naturales.
2. El conjunto de incentivos propuestos será implantado paulatinamente, desarrollados reglamentariamente cuando proceda y siempre establecidos con los límites de las disponibilidades presupuestarias que cada año otorgue la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
